Canal Interno de Información

A través de este Canal de Información Interno puedes comunicar comportamientos o actos que puedan conllevar alguna irregularidad, ilegalidad o ser contrarios a las normas de comportamiento de nuestro Código Ético y de Conducta y demás normativa aplicable a NAITEC, así como, especialmente, aquellos comportamientos de los que pudiera derivarse un delito que pueda conllevar responsabilidad penal para la persona jurídica.

Este sistema está diseñado, establecido y gestionado de forma segura para garantizar la confidencialidad de la identidad del informante y de cualquier otra persona mencionada en la comunicación, y de las actuaciones que se desarrollen en la gestión y tramitación de la misma, así como la protección de datos, impidiendo el acceso de personal no autorizado.

Asimismo, el sistema permite que la comunicación se realice de forma anónima.

NAITEC no permitirá que se adopte ningún tipo de represalia contra los informantes de buena fe.

La “Ley 2/2023, de 20 de febrero, reguladora de la protección de las personas que informen sobre infracciones normativas y de lucha contra la corrupción” establece que el sistema interno de información debería utilizarse de manera preferente para canalizar la información, pues una actuación diligente y eficaz en el seno de la propia organización podría paralizar las consecuencias perjudiciales de las actuaciones investigadas.

No obstante, declarada esta preferencia, la citada Ley otorga al informante la posibilidad de elegir el cauce a seguir, interno o externo. Para ello, dicha Ley establece la creación de un canal externo de información y el nombramiento de una Autoridad Independiente de Protección del Informante.

Protección de Datos Personales

El presente Canal Interno de Información tiene la finalidad de que Fundación I+D Automoción y Mecatrónica (en adelante, NAITEC), con domicilio en C/ Tajonar 20, 31006 PAMPLONA -NAVARRA-, gestione las informaciones recibidas a través de él, realice la investigación de los hechos notificados y adopte las medidas correctivas pertinentes.

El tratamiento de datos personales se regirá por lo dispuesto en el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016 (Reglamento general de protección de datos, RGPD); en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales; y en el título VI de la propia Ley 2/2023, de 20 de febrero, reguladora de la protección de las personas que informen sobre infracciones normativas y de lucha contra la corrupción.